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September, 2010 Monthly archive
No hay nada más difícil de predecir que los cambios políticos. La ciencia política no ha sido capaz de encontrar una respuesta plausible a este fenómeno. Ello se debe a la espontaneidad de la acción política que hace posible el cambio. Los cambios políticos para ser verdaderos no pueden sustentarse, como hacen con palmaria falsedad los propagandistas de la Transición, en el tránsito de un régimen autoritario a otro democrático bajo el paraguas legal del régimen al que trata de sustituir.
 
Resulta así que el régimen democrático se construye con la legalidad de un régimen autoritario. Este absurdo que es perfectamente comprensible por cualquier estudiante de primero de Derecho, es lo que viene sosteniendo contra el sentido común el régimen partitocrático.
 
Es perfectamente comprensible que los autores intelectuales del engaño e intoxicación masiva de la sociedad española y sus herederos defiendan a capa y espada esta aberración que haría sonrojar al que la sostuviera en un país serio.
Es normal que este delito continuado contra la más elemental regla de la acción política encuentre sus cooperadores necesarios en los aparatos financieros y mediáticos interesados en el mantenimiento del régimen que los ampara y enriquece.
 
Es normal que la propaganda oficial encuentre acomodo en las aulas universitarias donde miles de estudiantes se vean obligados a estudiar textos políticos que establecen como verdad absoluta lo que jamás se hubiera pensado.
 
Es normal que los aparatos de propaganda oficial y los grandes grupos mediáticos perviertan el lenguaje hasta hacerlo irreconocible.
 
Lo que es anormal es la extrema ingenuidad en la que se encuentra sumida la sociedad española ante el régimen de partidos, al que siguen confundiendo con la democracia, a pesar de la extrema degradación a la que ha llegado la vida pública.
 
Y mientras eso ocurre, la España ilusa espera un cambio de partido en el gobierno para recobrar nuevas esperanzas, sin entender que España camina a pasos agigantados hacia el abismo. Sin comprender que España se define por un régimen político que niega a sus ciudadanos el derecho a elegir y deponer libremente a sus representantes.
 
Nadie como García-Trevijano ha sido capaz de explicar que, para salir de la crisis económica, hay que pagar el precio de entrada en la crisis política, antes de la que la causa general de los aparatos de partido termine por arruinar la causa general de España. Unas nuevas elecciones podrán cambiar el gobierno pero dejará intacto el régimen político, que sólo puede ser cambiado por la sociedad civil. Será la toma de conciencia de la sociedad civil el verdadero factor del cambio, que cristalizará sin predeterminación y a la menor oportunidad.
 
La espontaneidad de la acción que conduce al cambio político explica que no resulte sorprendente que no aparezcan signos evidentes de esa toma de conciencia ni siquiera en este Diario que es refugio de millares de españoles decentes. Tampoco resulta extraño que la propuesta de Rebelión Cívica y la convocatoria de una Asamblea con diez puntos programáticos para el debate, sólo haya sido objeto de atención por dos o tres comentaristas.
 
Ignoro cuál será la acción determinante que derribe los aparentemente sólidos e infranqueables muros de la partitocracia, pero el reguero de pólvora que va soltando este régimen hipócrita y caduco va preparando la mecha para que prenda la chispa que lo haga saltar por los aires.
 
Tony Díaz
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El concurso de acreedores de particular o quiebra familiar, es la última fase de un proceso de negociaciones iniciada por la familia con dificultades financieras, con sus acreedores, (normalmente compuesto por Bancos), con o sin ayuda de expertos “Negociadores de deuda”.
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Schumann’s Phantasiestucke Op 73, No 1 to 3 for Cello

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Estado de normalidad
Cuando comience el minué del 29 de septiembre –portando los danzantes estatales sus respectivas rosas rojas, la del PSOE ya un tanto marchita-, las dificultades para ir al trabajo y desempeñarlo, y el tira y afloja con los servicios mínimos (a pesar de la voluntad de pactarlos acreditada por los sindicatos y el Gobierno, con el fin de minimizar los daños mutuos y volver a la mesa de negociaciones “desde el diálogo”) los guardianes del orden volverán a poner en circulación la reclamación de una ley que ponga límites a la excepcionalidad de una huelga general. En la fuerza de la ley encontramos el fundamento místico de la autoridad.
Este sintagma, “fuerza de ley”, proviene de una tradición que se remonta al derecho romano y medieval, en la que significaba de manera general “eficacia, capacidad de obligar”. Sin embargo, en la época moderna, cuyo punto de inflexión hallamos en la revolución francesa, dicha expresión empezó a designar y reverenciar el valor supremo de las resoluciones adoptadas por la asamblea representativa del pueblo. La doctrina de la soberanía popular apela a un pueblo entero, pero, ¿cómo representar al pueblo en su totalidad?
Las aporías y falacias sobre las que descansa la vigente teoría de la representación son señaladas en este Diario de manera ejemplar, pero lo que nos interesa recalcar ahora es que desde el punto de vista técnico el significado de “fuerza de ley” no se refiere a la propia ley sino a los decretos que tienen, como dice precisamente la expresión, fuerza de ley, es decir, esos decretos que el poder ejecutivo (donde en realidad se halla la inmaculada concepción de la soberanía) está autorizado a promulgar en determinados casos, y en particular, en el estado de excepción.
El concepto “fuerza de ley”, como término técnico del derecho, define la separación entre la eficacia de la ley y su esencia formal. De esta manera, los decretos y medidas que no son formalmente ley adquieren, no obstante, la fuerza que a ésta le corresponde. Y en un régimen donde no hay separación de poderes no representación política, es decir, en un estado de normalidad antidemocrática (que eso es el Estado de partidos), la palabra directriz del jefe del ejecutivo, si dispone de mayoría absoluta en el parlamento, o las palabras consensuadas de los oligarcas, si hay necesidad de pacto, tienen fuerza de ley, como decía Eichmann acerca de las de Hitler: “las palabras del Führer tienen fuerza de ley”.

M.V. (MCRC)

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Antes de final de año quedará claro que no va a haber ninguna reactivación de la economía española. Eso sí, el futuro dejará de ser incierto: aquí no hay ningún futuro, España está ya en quiebra técnica. Por eso, los Presupuestos Generales del Estado, por primera vez en su historia, se han reducido un 8% respecto al año anterior. El PIB se hunde a fuerza de cierres de empresas, y la deflación de ciertos productos de lujo no engaña a nadie: la inflación de bienes de primera necesidad (la factura eléctrica ha subido un 7,5% en un año) es, y lo será más aún, galopante.

El Gobierno del Estado, y los diecisiete infra-gobiernos de las saprofitas autonomías, han de lidiar con una primera Huelga General el 29 de septiembre. Pero ésta, tan amañada como las primarias del PSOE de Madrid, no es nada comparada con lo que se les viene encima después. Con más de seis millones de parados (cifra real), habiendo perdido ya dos millones de puestos de trabajo netos —y sustituido otros dos millones de empleos fijos por precarios—, con un empleo en caída libre, con los valores de los millones de pisos adquiridos bajando en correlación con el empleo, con el consumo paralizado, la confianza general por los suelos y con los cierres de empresas creciendo como una riada monzónica, las condiciones para una revolución violenta están sobre la mesa.

El Gobierno, acostumbrado a tratar con acomodaticios e incultos borregos, ha venido comprando hasta ahora su silencio —la “paz social”— con cuantiosos sobornos a los sindicatos nacionales y prórrogas de mini-subvenciones de 420 euros para desempleados sin subsidio. Pero se le ha terminado el dinero. No ya el de este año, sino del próximo medio siglo. De modo que la cólera social paralizará el Estado en el primer semestre de 2011, en cuanto se produzcan insostenibles retrasos en el pago de las nóminas de los funcionarios.

España va a entrar, lo quiera o no, en una era de ascética frugalidad sin precedentes.

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I.

La violencia que no puede justificarse es simplemente criminal.”

Este enunciado “la violencia que no puede justificarse es simplemente criminal” entraña un circularidad insalvable, pues la violencia que se ejerce desde el poder (a diferencia de la violencia que los particulares puedan desplegar en defensa propia) necesita, siempre, una justificación intelectual que el poder siempre encuentra. La pregunta que habría que hacerse, creo, es bajo qué criterios la violencia del poder puede estar justificada. Me temo que no los encontraremos nunca. Porque la inmediatez de la “legítima defensa” en la cual los particulares encuentran refrendo a su reacción violenta nunca se da en las relaciones de poder, que siempre tienen muchos más matices y mediaciones.  La casuística de la violencia es  tan amplia que un debate sobre las condiciones de justificación de la violencia del poder creo que está abocado al fracaso.

Un criterio moral para la violencia de los particulares es bastante más sencillo de obtener que un criterio para la justificación de la violencia del poder. En el primer caso la casuística y la teoría pueden estar razonablemente cerca una de la otra. No así en el segundo. Un criterio general para la justificación de la violencia que ejerce el poder está abocado a la ruina o a la inaplicabilidad en cuanto se desciende a la casuística infinita y caótica de la pura realidad. Más fácil es determinar un criterio moral para la justificación de la violencia de los particulares como defensa frente al poder (caso paradigmático: sublevación del gueto judío de Varsovia).

Pero cuando el ejercicio de la violencia viene de quien tiene medios y poder para ello, un poder que difícilmente puede ser contestado con eficacia si no es por otro poder de igual magnitud, el caos está servido y la teoría fracasa. Ya los tratadistas cristianos de la “guerra justa” lo intentaron con distinciones tan finas como el “ius ad bellum” (criterios para la justicia o injusticia de la guerra en función de la querella suscitada, en función de la cosa reclamada, en función, como ahora dirían, de la “causa”, y procedimientos que deben observarse para la declaración de guerra) y el “ius in bello” ( normas de comportamiento en combate, líneas que no pueden traspasarse, es decir, fundamentalmente respeto a los civiles y a los no combatientes).
Huelga decir que la historia ya se ha encargado de demostrar, de forma pavorosa, la debilidad y dificultad para aplicar formalmente distinciones tan precisas. El que se siente legitimado por el ius ad bellum tiende a sentirse legitimado para conculcar el ius in bello. Y toda parte combatiente, independientemente de las causas de la guerra, se siente legitimada por un ius ad bellum que no es compartido por la otra parte. Pero un derecho que no es compartido por ambas partes enfrentadas es inservible. Si existiese un criterio general del ius ad bellum compartido por ambas partes, la guerra no podría ni empezar porque una de las dos partes “tendría razón” antes ya de entablar combate, lo cual significa que la otra parte no estaría asistida por la razón y no tendría derecho a combatir. Y en cuanto al ius in bello, la mera posibilidad de su aplicación se estrella contra una evidencia: la victoria es un absoluto irrenunciable para ambas partes. La victoria no es una opción, ni siquiera una necesidad.

La victoria es la ineludible constricción a la que se haya supeditado todo aquel que se ha resuelto a combatir. Y cuando la victoria es incuestionable, el ius in bello queda en suspenso. Solamente allí donde la derrota pudiera asumirse como una posibilidad cierta, solamente allí donde la posibilidad de una victoria se desechase por superior respeto a algo que se tiene por sagrado (por ejemplo, la vida de las mujeres, los niños, los civiles) cabría un ius in bello viable.

Pero la historia ha sido catastrófica y muy explícita al respecto. Podemos elucubrar todo lo que queramos sobre las condiciones que legitiman el ejercicio de la violencia por parte del poder, pero siempre que tengamos muy presente que inevitablemente se estrellarán contra la caótica casuística, que siempre tiene matices que una teoría general no puede abarcar. Y en última instancia, en todas aquellas lides que involucren en mayor o menor grado el ejercicio de la violencia estatal, cabe tener presente la advertencia de Carl Schmitt en “La dictadura”:

“El Estado Moderno ha nacido como resultado de una técnica política. Con él comienza, como un reflejo teorético suyo, la teoría de la razón de estado, una máxima que se levanta por encima de la oposición de derecho y agravio y se deriva tan solo de las necesidades de afirmación y ampliación del poder político” . Esto es: que la violencia estatal cuya función es la propia conservación del estado, no encuentra más justificación que la propia y redundante justificación que el tratadista italiano Canonhiero dio a la razón de estado: “son acciones amparadas en la razón de estado aquellas para cuya justificación no cabe apelar más que a la propia razón de estado”. La sentencia de Canonhiero es una siniestra burla, pero es también absolutamente fiel a la realidad. Porque es la realidad la que una y otra vez se burla de todos. Y se burla, por supuesto, de las teorías que elaboramos.

II.

Ahora bien, ¿cuáles son las condiciones que en la vida humana justifican el uso de la violencia y cómo puede analizarse críticamente ese uso en los tiempos en que vivimos? ¿Es toda violencia moralmente condenable y dañina a quien la ejerce? ¿Es justificable la violencia en la obtención de una vida digna y libre para individuos y sociedades?

Cuando el poder político se obtiene de forma espurea, como es el caso actual de la democracias establecidas, la violencia es un elemento imprescindible para su mantenimiento. El salteador de caminos, el ladrón de bancos, el político que no trae causa de elector alguno, el contrabandista, el chulo que vive de prostituir a mujeres, el cobrador de impuestos y gravámenes de un sistema totalitario y los abusadores tiranos que rige ese sistema, todos tienen el denominador común de ejercer violencia sobre la sociedad, para mantener su “modus vivendi” parasitario y criminal.

En todos y cada uno de esos casos, la violencia requerida para acabar con su desafío inhumano, es un derecho natural del hombre. En el siglo XVIII ese derecho fue enunciado elocuentemente por Thomas Jefferson en la Declaración de Independencia de Estados Unidos, entre otras.

La violencia empleada por las fuerzas armadas cuando simulan un golpe de Estado, es sin duda el clásico ejemplo de cómo emplear la fuerza (moral y física) para hacer prevalecer la estafa sobre  el derecho de los hombres libres. La mafia que hace posible el régimen juancarlista, por ejemplo, tiene una relación simbiótica con el tirano. Juan Carlos y sus esbirros se necesitan mutuamente.

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Solar Bears – She Was Coloured In

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¿Será enfermedad detectable sólo en el estío? Así parece. Los epidemiólogos literarios sólo se atraven a señalar la sequedad de las cabezas más renombradas -aunque, paradójicamente, sin ponerles nombre-, durante los cursos de verano. Será para no alarmar. El caso es que los afectados, los pobres, lo saben y, en lugar de defenderse (no pueden hacerlo, es una evidencia), desvían la atención hacia la doctrina, por ellos inventada en defensa propia, de que hoy  no hace falta: la imaginación hace tiempo que se pudre en el cuarto trastero, porque “han cambiado las cosas”; más aún, está prohibida.  Tengo ante mí el recorte de un artículo publicado por Almudena Grandes en El País Semanal -Arroz con tomate- en el que, como siempre, destacan dos temas: la comida -esta mujer debe de pensar con el estómago- y Almudena Grandes, es decir, la información acerca de lo que Almudena Grandes admira a Almudena Grandes. Luego entra a su modo en el que tanto preocupa a los afectados: “la experimentación formal se ha extinguido por muerte natural” [...] “Yo diría que la experimentación en narrativa se ha trasladado desde la ruptura de la forma hasta el mestizaje de los géneros”.

Y así cree ella que obvia el problema, gravísimo problema, que tiene con su, además de pobre, obsoleta estética, costumbrista y decimonónica, y vuelve la vista hacia el morcillo, el codillo, la morcilla y la babilla. Se ampara esta cocinera de las letras en un principio que constituye una contradicción en los términos planteada a la inversa. Es el caso que no puede haber arte sin imaginación -léase a cualquier filósofo del arte desde Platón a Bosanquet, o a mí misma-: sin imaginación puede haber copia de la realidad, pero nada que genere valores estéticos. Por otra parte, ¿por qué detener, por una simple  coartada personal, la marcha de la historia? Si hay tres leyes de la termodinámica literaria, una de ellas es que no se debe hacer lo que ya se ha hecho. Y esto sólo puede referirse a la forma y, consiguientemente, pasar por la experimentación.  Debería saber Almudena que los temas no marcan la actualidad de una obra; ésta, como su densidad ontológica, se la da la forma. Como corolario de su planteamiento defensivo, no podía nuestra dama sino aludir a lo que hoy se lleva (otro enfoque de la coartada) : la huida de la forma y el mestizaje de los géneros. No, no, no y no… Eso que llama esta gente “mestizaje de los géneros” no es más que una tácita declaración de impotencia.

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Explicar a los españoles que la elevada tasa de desempleo que padecemos, agudizada por la imposibilidad de volver a crecer lo necesario para generar  actividad, es consecuencia del desmantelamiento sin alternativa del tejido productivo del desarrollismo franquista en beneficio de unos pocos; equivaldría a denunciar el verdadero rostro de la Monarquía de Partidos. Por eso es imposible que en el espacio público restringido —radio, prensa y televisión— pueda concebirse algo así. No obstante, les es necesario ofrecer una interpretación oficial que además sirva de base para preparar el siguiente movimiento corrector, en el que, naturalmente, tendrán que pagar los más débiles a pesar de ser la mayoría, ¡por todo esto la Constitución de 1978 prohíbe la representación política!
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