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Derecho Civil | 2 Comments | July 16th, 2010

Nuestro  Código Civil crea dos cauces por  los cuales ha de discurrir la sucesión del causante. Uno está dominado por la ley,  prescinde de la voluntad del ciudadano. Otro está regido por la voluntad de aquel de cuya sucesión se trata.

Un análisis detenido y en paralelo nos detecta las diferencias sustanciales que separan a ambos cauces de la sucesión mortis causa en nuestro Código civil. El cuadro sinóptico que a continuación se trascribe las recoge, permitiéndonos valorar la eficacia y utilidad de ambas instituciones. Veámoslo..

Paralelismo entre los dos cauces sucesorios

1.- NATURALEZA DE LA SUCESIÓN

CAUCE INTESTADO

Sólo hay una sucesión, la SUCESIÓN UNIVERSAL, que se refiere el conjunto patrimonial, activo y pasivo de la herencia o cuota de ella.

CAUCE TESTAMENTARIO

Caben ambas  sucesiones.  UNIVERSAL O SINGULAR. El testador puede nombrar herederos y  legatarios.

2.- SUCESIÓN PURA Y SUCESIÓN MODALIZADA

CAUCE INTESTADO

La sucesión es siempre pura y simple.

CAUCE TESTAMENTARIO

Toda sucesión puede ser pura y simple, pero también puede ser modalizada por voluntad del testador. Cabe el término inicial y final, la condición, suspensiva o resolutoria, y el modo.

3.- PERSONAS QUE PUEDEN SUCEDER A UN CAUSANTE

CAUCE INTESTADO

Sólo las personas físicas. pueden suceder mortis causa. Excepción única: el Estado,a falta de persona preferente como último e inevitable heredero.

CAUCE TESTAMENTARIO

Cualquier persona,  física o jurídica, puede suceder mortis causa.en calidad de heredero o de legatario.

4.- NOMBRAMIENTO ALTERNATIVO DE EVENTUALES SUCESIONES

CAUCE INTESTADO

Nombramiento alternativo de eventuales sucesores.

No está reconocida la existencia de nombramientos alternativos. Una reciente y no contrastada opinión doctrinal defiende que el artículo 1006 del Código civil constituye una verdadera sustitución legal.

CAUCE TESTAMENTARIO

El testador puede hacer nombramientos alternativos de eventuales sucesores para el caso de que el primer nombrado  no llegue a suceder. Es la sustitución vulgar simple o con expresión de casos.

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